La Subsecretaría de Derechos Humanos del Ministerio de Justicia y Derechos Humanos tiene como misión la promoción y protección efectiva de los derechos humanos en los diferentes ámbitos del quehacer nacional, en diálogo y cooperación con la sociedad civil y con los organismos internacionales de derechos humanos, a través del diseño, implementación y evaluación de políticas, planes y programas; la coordinación y colaboración entre instituciones públicas, y la producción de información, estudios y propuestas de reformas legales, como lo indica en su sitio institucional.

En este marco, se encuentra desarrollando diferentes acciones: como la implementación del Plan Nacional de Derechos Humanos (2017), un diagnóstico de formación y capacitación en derechos humanos en servicios públicos, estudios sobre políticas públicas nacionales con enfoque de derechos humanos, presupuestos públicos con dicho enfoque y otras actividades vinculadas. Estas iniciativas nos llevan a reflexionar en torno a la posibilidad efectiva de que se pueda incorporar en las políticas públicas el enfoque de derechos, en particular, en el presupuesto cuando este ha sido reducido y se han discutido políticas que buscaban garantizar derechos (como el acceso gratuito a la educación).

Como primer paso para que esto ocurra el Estado, quienes toman las decisiones, y quienes implementan las acciones de política pública deben considerar a las personas como sujetos de derecho, es decir, cada ser humano por el hecho de nacer se constituye en tal, teniendo en cuenta –además- que existen derechos de carácter individual, y también colectivos. Esta visión ha sido incorporada en el Estado chileno principalmente en el ámbito de las políticas orientadas a las personas pobres o denominadas vulnerables. Y ha sido el punto central en el debate público respecto al derecho a la educación. Pero es una discusión e incorporación claramente no zanjada y totalmente deficitaria, lo que se manifiesta cotidianamente en la vida de cada cual, pero también en las decisiones públicas respecto a los pueblos indígenas, las personas migrantes, la diversidad sexual, las y los trabajadores, la biodiversidad, los derechos económicos, sociales y culturales en general.

Luego, el Estado o las instituciones públicas deben organizar su quehacer en torno a los derechos que asegurarán. Por lo tanto, no se trata de decir que lo que ya se hace está orientado bajo el enfoque de derechos, sino que lo que se defina hacer, las acciones que se emprenderán, asegure que se garantizarán determinados derechos. Además, la implementación de una política con ese enfoque debe tener ciertas características: debe ser transparente, participativa, apuntar a la igualdad y no discriminación y debe tener un sistema claro de seguimiento y monitoreo. Lo mismo en el caso de los presupuestos públicos con enfoque de derechos.

Una vez identificado el derecho que se garantizará se debe identificar qué organismo público se hará cargo y el presupuesto que tendrá asignado para ello. Dicho presupuesto debe ser suficiente, apropiado e incremental –si se determina que no se puede disponer del óptimo de una vez-, así como evitar retrocesos en las decisiones tomadas respecto a los derechos a garantizar y cómo hacerlo con los recursos pertinentes.

En este sentido, cabe preguntarse, si a la luz de la situación actual de la sociedad chilena, del Estado y de la presente administración, nos encontramos efectivamente en el camino de contar con políticas públicas y, en particular, presupuestos públicos con enfoque de derechos. Más aún si para este fin se requiere reconocer a las personas como sujetos de derechos, conocer los derechos y definir al Estado como garante.

Para quien quiera conocerlo, dejamos vínculo del Plan Nacional de Derechos humanos:  https://planderechoshumanos.gob.cl/