Ley Karin (Ley 21643, 2024). Ministerio del Trabajo y Previsión Social 

Promover ambientes seguros y saludables es un desafío para cualquier sociedad y grupo de trabajo. En este marco, la Ley Karin viene a modificar el Código del Trabajo y otros cuerpos legales en materia de prevención, investigación y sanción del acoso laboral, sexual o de violencia en el trabajo, y de este modo incorpora medidas para promover ambientes seguros y libres de violencia de género apuntando un cambio cultural significativo. Cabe recordar que esta ley nace en memoria de Karin Salgado, funcionaria pública y técnica en enfermería quien, tras sufrir un prolongado proceso de acoso laboral, decidió quitarse la vida. 

De esta forma, entre los principales aspectos de la Ley Karin está la incorporación de la perspectiva de género en el ámbito de las relaciones laborales, lo que implica la adopción de medidas tendientes a promover la igualdad y a erradicar la discriminación y violencia basada en el género. Además, la Ley indica que las relaciones laborales deben fundarse siempre en un trato “libre de violencia”. 

Otro aspecto clave de Ley Karin es que, en el Código del Trabajo, modifica el concepto de acoso laboral, indicando que se constituye si se manifiesta una vez o de manera reiterada, y que tenga como resultado menoscabo o que amenace o perjudique la situación laboral de la persona denunciante. Asimismo, la nueva legislación aborda materias de acoso laboral, sexual y violencia en el trabajo ejercida por terceros o externos al entorno de trabajo. 

También, dicha ley pone énfasis en la protección de las personas denunciantes, incluyendo atención psicológica temprana de las mutualidades, separación de los espacios y redistribución de jornadas laborales, incorporando en el alcance de la ley a las y los trabajadores del sector público y privado, incluyendo a las fuerzas armadas y de orden. Considera a las personas con contrato a plazo fijo, indefinido, por obra o faena, también a quienes teletrabajan o tienen régimen mixto.  

Por último, otro aspecto central de la Ley Karin es que establece la obligación de contar con protocolos de prevención obligatorios e implementar políticas y prácticas orientadas a la prevención de riesgos psicosociales, así como la promoción de la salud mental y el bienestar de la persona trabajadora. 

Esta ley desafía a personas, organizaciones y sociedad a observar en profundidad las relaciones de trabajo entre mujeres y hombres, y también diversidades de género, con el fin de mirar cómo nos vinculamos y cómo podemos mejorar las relaciones laborales y promover ambientes seguros y saludables para todos, todas y todes. 

Por Carolina Maillard